
Mintrab publica normas para la seguridad laboral
El patrono es responsable de contar con un plan de prevención de riesgos laborales o plan de salud y seguridad ocupacional.
El Ministerio de Trabajo y Previsión Social (Mintrab) publicó ayer el Acuerdo Gubernativo 79-2020 Normas complementarias al reglamento de salud y seguridad ocupacional para prevención y control de brotes de SARS-CoV-2 en los centros de trabajo del sector público o privado. Dicha normativa complementa el Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional, Acuerdo 229-2014. En esta se establecen las obligaciones y prohibiciones de patronos y de trabajadores para minimizar los contagios.
El Mintrab y el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) tienen a su cargo el control y vigilancia de la salud y seguridad ocupacional en los centros de trabajo, según sus competencias. Deben inspeccionar y verificar el cumplimiento de las normas emitidas para la prevención y control de COVID-19.
Según Mynor Mejia Andrade, jefe de la Sección de Seguridad e Higiene y Prevención de Accidentes, el IGSS está haciendo este tipo de actividades en el contexto de COVID-19. El IGSS a la fecha ha realizado más de 670 visitas a empresas, para establecer los cuidados a contagios y el equipo que deben tener los trabajadores.
mes tienen de plazo el Mintrab y el IGSS para aprobar los planes de las empresas.
PLAN
ES RESPONSABILIDAD DEL PATRONO CONTAR CON UN PLAN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES O PLAN DE SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL EN LOS CENTROS DE TRABAJO, SEGÚN EL ACUERDO 229-2014. EN DICHO PLAN SE DEBE INCORPORAR UN APARTADO QUE CONTENGA LA ESTRATEGIA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE BROTES DE SARS-COV-2.
EL PLAN DEBE SER AUTORIZADO Y RESUELTO EN UN PLAZO NO MAYOR A UN MES CALENDARIO POR EL MINTRAB O EL IGSS.
EL MINISTERIO EMITIRÁ LAS GUÍAS PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE PREVENCIÓN POR SECTOR ECONÓMICO Y CADA EMPLEADOR DEBE AJUSTARLO A LAS CARACTERÍSTICAS DE LA ACTIVIDAD.